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Hogares de ancianos en California

California tiene 1,165 hogares de ancianos certificados por Medicare o Medicaid en 55 condados, con 114,991 camas certificadas en total. La calificación general promedio de CMS en el estado es de 3.2 de 5, frente a un promedio nacional de 3.0, y los hogares informan 4.52 horas de personal de enfermería por residente por día, frente a 3.86 en todo el país.

California frente al promedio nacional

MedidaCaliforniaEstados Unidos
Calificación general (de 1 a 5)3.23.0
Calificación de inspecciones de salud2.82.8
Calificación de personal3.32.9
Horas de personal de enfermería por residente por día4.523.86
Horas de enfermeras registradas por residente por día0.670.69
Rotación del personal de enfermería36.7%45.8%
Deficiencias de salud en la última inspección15.69.2
Multas por hogar en los últimos tres años0.80.9

Promedios publicados por CMS. Las calificaciones de inspecciones de salud se asignan dentro de cada estado, así que compárelas entre estados con cuidado.

Buscar por ciudad

Ciudades con al menos 3 hogares, según la ciudad de la dirección de cada hogar en CMS. Todos los hogares también aparecen por condado más abajo.

Buscar por condado

Reglas y contactos de los hogares de ancianos en California

Las reglas federales sobre los derechos de los residentes, los avisos de alta y la cobertura de Medicare son iguales en todos los estados. Estas son las oficinas a las que puede llamar en California y las reglas que fija el propio estado.

Personal mínimo
La mayoría de los centros de enfermería especializada deben proporcionar al menos 3.5 horas de servicios de cuidado directo por paciente por día, incluidas al menos 2.4 horas de auxiliares de enfermería certificados (certified nurse assistants). Las unidades que forman parte de un hospital de cuidados agudos, así como los hospitales y centros de desarrollo (developmental centers) propiedad del estado, siguen una norma distinta. Un hogar de ancianos puede pedir al estado una exención si aun así proporciona 3.2 horas de enfermería por paciente por día. Fuente (en inglés): Cal. Code Regs. tit. 22, § 72329.2
Asignación para necesidades personales (Medicaid)
Un residente con Medi-Cal conserva $35 al mes para necesidades personales. La mayor parte del resto del ingreso mensual del residente se destina al costo del cuidado. Fuente (en inglés): Cal. Code Regs. tit. 22, § 50605(a)(1); DHCS notice 7077 (07/2026)
Reserva de cama durante una hospitalización o una salida
Si el residente decide reservar la cama, Medi-Cal paga hasta 7 días de reserva de cama (bed hold) por cada estancia en un hospital de cuidados agudos ordenada por un médico. También paga los días de ausencia autorizada (leave of absence), como visitas a familiares o amigos: hasta 18 días al año para la mayoría de los residentes (se aplican límites distintos a los residentes con discapacidades del desarrollo y en ciertos programas de salud mental), y se pueden aprobar hasta 12 días más al año si concuerdan con el plan de cuidado del residente. Si un hogar de ancianos se niega a readmitir a un residente después de una estancia en el hospital, el residente puede apelar, y la negativa se trata como un traslado involuntario. Fuente (en inglés): Cal. Code Regs. tit. 22, §§ 51535 and 51535.1; Health & Safety Code § 1599.1(h)
Visitas
Los residentes tienen derecho a horarios de visita diarios; a recibir visitas en cualquier momento de las personas que elijan cuando estén gravemente enfermos, salvo que esté médicamente contraindicado; a recibir visitas del clero en cualquier momento si lo solicitan; y a tener privacidad durante las visitas. Fuente (en inglés): Cal. Code Regs. tit. 22, § 72527(a)
Aviso de alta
Las normas federales sobre traslado y alta (tal como estaban vigentes en julio de 2017) se aplican a todos los centros de enfermería especializada de California, sin importar cómo se pague el cuidado del residente e incluso si el hogar no está certificado por Medicare ni por Medi-Cal, y todo residente puede apelar un traslado o alta involuntarios. Desde el 1 de enero de 2025, el aviso debe indicar si el hogar acepta Medi-Cal y Medicare. Las apelaciones las atiende la Department of Health Care Services Office of Administrative Hearings and Appeals, 916-445-9775. Fuente (en inglés): Health & Safety Code § 1599.1(i); SB 1354 (2024), per CDPH All Facilities Letter 25-10
Cuando se acaba el dinero privado
En un hogar de ancianos que acepta Medi-Cal, no se puede dar de alta a un residente, ni trasladarlo dentro del hogar, solo porque cambie de pagar de forma privada o mediante Medicare a pagar con Medi-Cal; la única excepción es un posible traslado de una habitación privada a una semiprivada. Según la SB 1354 (2024), los hogares certificados por Medi-Cal deben dar a los residentes con Medi-Cal cuidado y servicios de la misma manera y con el mismo nivel y calidad que al público en general, incluso en las admisiones, la asignación de habitaciones y las comidas. Fuente (en inglés): SB 1354 (2024), per CDPH All Facilities Letter 25-10

Revisado con fuentes del estado de California el 9 de octubre de 2026. Los nombres de las oficinas y las fuentes legales están en inglés; las reglas son traducciones del texto en inglés, comparadas frase por frase con el original. Las reglas y los teléfonos cambian, así que confírmelos con la oficina indicada. Para las reglas que se aplican en todos los estados, vea los derechos de los residentes, cómo presentar una queja y cómo paga Medicaid un hogar de ancianos.

Fuente: Provider Data Catalog de CMS, datos de hogares de ancianos procesados el 1 de septiembre de 2026.