¿Un hogar de ancianos puede quitarle la casa? Gravámenes y recuperación de Medicaid
Lo más importante
- Según la ley federal de Medicaid, los gravámenes y la recuperación del patrimonio los lleva a cabo la oficina estatal de Medicaid, no el hogar de ancianos. El cobro que hace el propio hogar de ancianos de las facturas sin pagar es un asunto de la ley estatal.
- Para 2026, una persona cuyo valor neto de la vivienda supera el límite del estado, de entre $752,000 y $1,130,000 según el estado, no califica para Medicaid en un hogar de ancianos, a menos que el cónyuge, o un hijo menor de 21 años o un hijo ciego o con discapacidad, viva legalmente en la casa (también puede aplicarse una exención por dificultades).
- Los estados deben buscar el reembolso del patrimonio de un beneficiario de Medicaid por el cuidado en un hogar de ancianos recibido a los 55 años o más, pero solo después de que haya muerto el cónyuge sobreviviente y solo cuando no hay un hijo sobreviviente menor de 21 años ni un hijo ciego o con discapacidad.
- Una vivienda puede transferirse sin sanción de Medicaid al cónyuge, a un hijo menor de 21 años, a un hijo ciego o con discapacidad y, en casos limitados, a un hermano o hermana o a un hijo que haya dado cuidado.
Según la ley federal de Medicaid, las reglas que pueden alcanzar una casa las aplica la oficina estatal de Medicaid, no el hogar de ancianos (Medicare lo llama «asilo de ancianos»): el límite del valor neto de la vivienda (home equity limit) cuando alguien presenta la solicitud, un gravamen (lien) en casos limitados mientras la persona está viva, y la recuperación del patrimonio (estate recovery) después de su muerte. La ley federal de Medicaid no trata el cobro que hace el propio hogar de ancianos de las facturas sin pagar; eso se rige por la ley estatal. Un hogar de ancianos certificado no puede pedir ni exigir que un tercero, como un familiar, garantice el pago como condición para la admisión o para seguir viviendo allí. El cónyuge, un hijo menor de 21 años y un hijo ciego o con discapacidad tienen protecciones especiales en cada uno de estos pasos.
¿Qué regla se aplica en su caso?
| Situación | La regla federal |
|---|---|
| Al solicitar la cobertura de Medicaid para un hogar de ancianos | Un valor neto de la vivienda por encima del límite del estado hace que la persona no sea elegible, a menos que el cónyuge, un hijo menor de 21 años o un hijo ciego o con discapacidad viva legalmente en la casa (también puede aplicarse una exención por dificultades). |
| Mientras vive en un hogar de ancianos con Medicaid | El estado puede poner un gravamen solo en casos limitados. No puede ponerlo, en el caso de un residente internado de forma permanente, mientras viva legalmente allí el cónyuge, un hijo menor de 21 años, un hijo ciego o con discapacidad, o un hermano o hermana con participación en el valor de la vivienda que cumpla la regla de residencia. |
| Después de la muerte | El estado debe buscar el reembolso del patrimonio por el cuidado en un hogar de ancianos recibido a los 55 años o más, pero solo después de que haya muerto el cónyuge sobreviviente y solo si no hay un hijo sobreviviente menor de 21 años ni un hijo ciego o con discapacidad. |
| Al regalar la casa | Una transferencia por menos de su valor dentro del período de revisión retroactiva (look-back period) de 60 meses puede dar lugar a un período de sanción, salvo las transferencias a ciertos familiares. |
¿Qué es el límite del valor neto de la vivienda?
Una persona cuyo valor neto en su vivienda supera el límite no califica para Medicaid en un hogar de ancianos ni para otros servicios de cuidado a largo plazo (42 U.S.C. § 1396p(f)). Para 2026, CMS indica un límite mínimo de $752,000 y un máximo de $1,130,000. Cada estado usa una cifra dentro de ese rango, así que consulte con la oficina estatal de Medicaid.
- El límite no se aplica si el cónyuge de la persona, o su hijo menor de 21 años o ciego o con discapacidad, vive legalmente en la casa.
- Cómo reducir el valor neto. La ley dice que una persona puede usar una hipoteca revertida (reverse mortgage) o un préstamo sobre el valor neto de la vivienda (home equity loan) para reducir su valor neto.
- Dificultades. La ley federal exige que el HHS establezca un proceso para eximir del límite cuando se demuestren dificultades.
- Cambio a partir de 2028. Una ley federal de 2025 (Ley Pública 119-21, § 71108) cambia el límite a partir del 1 de enero de 2028. Un estado que fije un límite por encima del mínimo no podrá pasar de $1,000,000, excepto en el caso de una vivienda en un terreno con zonificación para uso agrícola. Los límites de 2026 no se ven afectados.
Para los demás límites financieros, consulte cómo paga Medicaid un hogar de ancianos.
¿Puede el estado poner un gravamen sobre la casa?
Solo en casos limitados. Antes de la muerte, un estado puede poner un gravamen sobre los bienes inmuebles de un beneficiario de Medicaid solo en virtud de una sentencia judicial por beneficios pagados incorrectamente, o cuando la persona vive en un hogar de ancianos u otra institución médica, debe pagar casi todos sus ingresos para su cuidado y el estado decide, después de darle aviso y la oportunidad de una audiencia, que no se puede esperar razonablemente que se le dé de alta y regrese a casa (42 U.S.C. § 1396p(a)).
El estado no puede poner ese gravamen sobre la vivienda mientras viva legalmente allí cualquiera de estas personas:
- el cónyuge de la persona;
- su hijo menor de 21 años, o ciego o con discapacidad;
- su hermano o hermana que tiene una participación en el valor de la vivienda (equity interest) y vivió allí al menos un año justo antes de que la persona entrara en la institución.
El gravamen termina si a la persona se le da de alta y regresa a casa.
¿Qué pasa con la casa después de la muerte?
La ley federal exige que los estados busquen el reembolso del patrimonio de un beneficiario de Medicaid que tenía 55 años o más cuando recibió los beneficios, por el cuidado en un hogar de ancianos, los servicios domiciliarios y comunitarios, y los servicios de hospital y de medicamentos recetados relacionados (42 U.S.C. § 1396p(b)). Los estados pueden optar por recuperar también lo pagado por otros servicios de Medicaid.
- Cuándo se espera. La recuperación solo puede hacerse después de la muerte del cónyuge sobreviviente, y solo cuando no hay un hijo sobreviviente menor de 21 años ni un hijo ciego o con discapacidad.
- Una vivienda con gravamen. En el caso de una persona cuya vivienda tenía un gravamen porque estaba de forma permanente en un hogar de ancianos, el estado también debe buscar el reembolso del patrimonio o cuando se venda la vivienda, sin importar la edad de la persona. Esa recuperación debe esperar mientras viva legalmente allí, y haya vivido allí de forma continua desde la admisión, un hermano o hermana que vivió en la casa al menos un año antes de la admisión, o un hijo o hija que vivió allí al menos dos años antes de la admisión y le demuestre al estado que dio un cuidado que le permitió al padre o la madre seguir viviendo en casa.
- Qué cuenta como patrimonio. Siempre incluye el patrimonio sujeto a sucesión testamentaria (probate) según la ley estatal. Un estado también puede incluir bienes que pasan fuera de esa sucesión, por ejemplo mediante una copropiedad con derecho de supervivencia (joint tenancy), un usufructo vitalicio (life estate) o un fideicomiso en vida (living trust). Por eso, si una vivienda en particular puede alcanzarse o no depende del estado.
- Dificultades. Todos los estados deben tener una manera de eximir de la recuperación cuando esta causaría dificultades extremas (undue hardship).
La recuperación del patrimonio la hace la oficina estatal de Medicaid, no el hogar de ancianos. Consulte Medicaid.gov sobre la recuperación del patrimonio (en inglés).
¿Puede darle la casa a su familia?
Regalar bienes o venderlos por menos de su valor en la fecha de revisión retroactiva o después (60 meses antes de la primera fecha en la que la persona está en un hogar de ancianos, o recibe cuidado de nivel de hogar de ancianos en una institución médica, y a la vez ha solicitado Medicaid) puede dar lugar a un período durante el cual Medicaid no pagará el cuidado en un hogar de ancianos ni ciertos otros cuidados a largo plazo. La ley federal hace una excepción para la transferencia del título de la vivienda a:
- el cónyuge;
- un hijo menor de 21 años, o ciego o con discapacidad;
- un hermano o hermana que tiene una participación en el valor de la vivienda y vivió allí al menos un año justo antes de que la persona entrara en la institución;
- un hijo o hija que vivió en la casa al menos dos años justo antes de que la persona entrara en la institución y que, según lo determine el estado, dio un cuidado que le permitió al padre o la madre seguir viviendo en casa.
Consulte el período de revisión retroactiva de 5 años de Medicaid para saber cómo se calcula la sanción.
Dónde obtener ayuda
Estas reglas las aplica la oficina estatal de Medicaid, y cada estado elige su propio límite del valor neto de la vivienda dentro del rango federal, qué tan ampliamente define el patrimonio y, dentro de las normas federales, sus procedimientos de exención por dificultades en la recuperación del patrimonio. La oficina estatal de Medicaid puede decirle qué reglas usa, y un abogado especializado en derecho de personas mayores (elder law attorney) puede explicarle sus opciones. El ombudsman (defensor) de cuidado a largo plazo puede ayudar con problemas en un hogar de ancianos. Vea también firmar como parte responsable (responsible party).